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El martes 4 de julio comenzaron las audiencias de revisión de actas electorales, por orden de la Corte de Constitucionalidad.
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El fiscal del partido Vamos, Héctor Aldana, pidió que se abrieran las cajas, algo que fue cuestionado por los presentes.
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Las cajas precintadas —en las que están las boletas, las actas y demás documentación— sí pueden abrirse para revisar las boletas impugnadas. Las que no pueden abrirse, por ahora, son las bolsas electorales selladas, donde están los votos válidos.
Después de que la Corte de Constitucionalidad (CC) ordenara a las Juntas Electorales Departamentales hacer una segunda revisión de actas, los órganos del Tribunal Supremo Electoral se dieron a la tarea de cotejarlas con el conteo reportado en su sistema.
La resolución de la CC se dio como respuesta a un amparo planteado por los partidos Cambio, Mi Familia, Valor, Podemos, Vamos, CREO, UNE, Cabal y Azul. Las nueve organizaciones políticas aseguraron que había quedado en evidencia «la manipulación de las actas electorales». Advirtieron que habían creado un «bloque técnico-jurídico» y pidieron que se llegara a últimas instancias para identificar a los autores materiales e intelectuales de un intento de «fraude».
El sábado 1 de julio, en su resolución, la Corte ordenó que se convocara a una «nueva audiencia de revisión de escrutinios».
Las audiencias comenzaron este martes 4 de julio, a las 8 de la mañana. Las Juntas Electorales Departamentales se reunieron en el Parque de la Industria, en la zona 9 de Ciudad de Guatemala.
Con fiscales nacionales y departamentales de los partidos presentes, iniciaron las primeras audiencias, que está previsto que terminen el jueves 6 de julio.
Durante la audiencia de revisión de las actas del distrito de Escuintla, Héctor Adolfo Aldana Reyes, fiscal nacional del partido Vamos se presentó en el lugar.
Aldana llegó tarde a la actividad y no pudo participar en la misma. Así que, alzando la voz, interrumpió y exigió, a gritos, que se abrieran las cajas.
Las cajas a las que hacía referencia Aldana Reyes son unos recipientes de plástico azul, precintados, que contienen las boletas de votación (en bolsas selladas) y las actas que las Juntas Receptoras de Votos llenaron antes y después de hacer el conteo de votos el día de las elecciones.
Estas mismas actas (una por cada mesa) son las que se escanearon y que, por transparencia, se subieron al sitio web del Tribunal Supremo Electoral.
Pero, ¿es legal abrir las cajas electorales, como estaba pidiendo el fiscal de Vamos?
La respuesta es sí. Pero para ello hay que seguir un proceso establecido en la ley.
Dentro de las cajas se guardan también los votos que los fiscales de los partidos impugnaron en las mesas electorales el día de las elecciones.
Edgar Ortiz Romero, abogado experto en derecho constitucional, explica que, para revisar estas impugnaciones, hay que ver esos votos impugnados y concluir si procedían o no.
Por ejemplo, la Junta Electoral Departamental de Retalhuleu abrió una de las cajas donde estaban las boletas de ese departamento que habían sido impugnadas.
¿Cuál es el procedimiento para revisar los votos?
El artículo 111 del reglamento de la Ley Electoral y de Partidos Políticos establece el mecanismo para la revisión de los escrutinios (que es lo que ordenó la Corte de Constitucionalidad).
Según la ley, se procede a comprobar el estado de las bolsas electorales (que están selladas, dentro de las cajas) y se da lectura a las actas levantadas en cada mesa.
El abogado Ortiz Romero explica que en esta revisión únicamente se leen las actas que fueron impugnadas. Al final de cada lectura, se escucha a los fiscales de los partidos.
Si ninguno confirma las impugnaciones, la junta aprueba el acta. Si se confirman, se designa a un revisor que comprueba las causas de la impugnación. Este revisor examina los votos o su recuento, si fuera necesario.
«El cotejo»
La ley establece que no se aceptarán impugnaciones de votos que no hubieran sido presentadas oportunamente, ante la Junta Receptora respectiva el día de las elecciones.
Pero, explica Edgar Ortiz, en la resolución del 1 de julio, la Corte de Constitucionalidad añadió un paso más que no contempla la Ley electoral: el cotejo.
Según la resolución, después de la revisión, los órganos electorales deben realizar un cotejo entre las actas para asegurarse de que todas cumplieron los requisitos legales. Si alguna no los cumplió, deben hacerse las modificaciones que sean necesarias o, directamente, anularse el acta.
«La Corte sumó un proceso», explica Edgar Ortiz. «Lo que entiendo yo, es que en el cotejo se revisarán las actas de cada mesa con la sumatoria que tiene la junta electoral. Ahí, los partidos podrían alegar que un acta tiene algún error o que fue escrita a lápiz».
La resolución no indica que este cotejo se tenga que hacer sólo con las actas que tuvieron impugnaciones el día de las elecciones. De hecho, explica que debe hacerse «entre las actas que formaron parte del proceso electoral».
Esto abriría la puerta para impugnar actas que ya habían sido dadas por válidas.
La CC añade que, si fuera necesario un nuevo conteo de votos, eso debe disponerse así «en resoluciones debidamente razonadas». Para ese nuevo conteo sí se tendrían que abrir las bolsas selladas donde se encuentran las boletas.
Ortiz recuerda que la Corte establece un plazo máximo de cinco días para cumplir con esto. Este vence este jueves 6 de julio.
La Junta Electoral Departamental del Distrito Central ya convocó para este miércoles 5 de julio a las 8 de la mañana la audiencia para el cotejo de más de 10 mil actas.