Explicativa

Claves para entender el financiamiento a partidos políticos

Por: Gerson Ortiz elPeriódico

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  • El Tribunal Supremo Electoral (TSE) fijó un techo presupuestario de Q34.9 millones para la campaña de cada partido político. 
  • Cada partido podrá gastar US$0.50 por cada persona empadronada a nivel nacional, pero los comités cívicos solo tienen US$0.10 por el total de empadronados en su municipio.
  • En las Elecciones Generales de 2019 el gasto máximo por partido fue de Q29 millones, Q5 millones menos que en 2023. 

El 27 de marzo inicia la campaña electoral para los partidos políticos que competirán por cargos de elección popular en las votaciones del 25 de junio. Según la ley, ningún partido puede gastar más de Q34.9 millones para promover a sus candidatos y deberá presentar informes sobre sus financistas en mayo y septiembre próximos. 

En menos de dos semanas las agrupaciones políticas iniciarán oficialmente su campaña. El TSE fijó un límite de gasto de Q34.9 millones para cada organización política que participará (hay 30 registradas) según la Convocatoria a Elecciones Generales 2023 (Decreto 01-2023). 

¿Cómo se establecen los techos del gasto?, ¿cómo y cuándo debe reportar cada partido sus fuentes de financiamiento?, ¿cuánto reciben de financiamiento público los partidos políticos?, y ¿cómo fiscaliza el TSE esos recursos?. 

El techo de campaña se establece a través de una fórmula que detalla la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEEP) en el artículo 21 ter, que consiste en multiplicar el número de ciudadanos empadronados hasta el 31 de diciembre del año anterior a las elecciones (2022) por US$0.50. 

Los magistrados del Tribunal Supremo Electoral se reúnen periódicamente con los fiscales de los partidos políticos para coordinar el trabajo administrativo de cada organización, incluyendo lo relativo a su financiamiento y fiscalización. Foto: TSE.

Según los datos oficiales del TSE hasta esa fecha había 8,905,455 personas empadronadas en todo el país, lo que da un total de Q34.9 millones. 

Para el caso de los comités cívicos, que solo pueden postular a corporaciones municipales en el municipio donde fueron creados, el TSE toma en cuenta la cantidad de personas empadronadas por cada circunscripción municipal, la cual multiplica por US$0.10. 

En el caso de la ciudad de Guatemala, el techo máximo de gasto en campaña si se conforma un comité cívico es de Q634 mil. 

Para estas elecciones, 15 de los partidos políticos que participaron en el proceso de 2019, por ley, tuvieron derecho a la llamada “deuda política” que entrega el TSE y podrán invertir esos fondos del financiamiento público en su campaña. 

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En enero de este año el ente electoral entregó en total Q19.7 millones de deuda política distribuida entre todos los partidos.

Este financiamiento se calcula multiplicando cada voto emitido a favor de cada partido político -siempre que haya obtenido más del 5% del total de sufragios válidos- por US$2, según lo establece la LEPP. Los partidos que no alcancen ese mínimo están obligados a desaparecer.

¿Quién aporta y cómo se fiscaliza?

Los partidos políticos deben rendir cuentas sobre los gastos relacionados con el financiamiento de campaña. La LEPP establece que deben enviar un primer informe de gastos al TSE el 25 de mayo (treinta días antes de las Elecciones Generales), el cual debe detallar el monto de los aportes de las personas individuales o jurídicas durante los últimos dos años.

Renzo Rosal, analista político, considera que la fiscalización del financiamiento electoral cobra vital importancia porque las agrupaciones carecen de ideología y de programas de gobierno en Guatemala. 

“A través de esta fiscalización se determina la orientación de los recursos, lo que se traduce en conocer a los partidos y sus candidatos. Entender el financiamiento y seguir la ruta del dinero son elementos fundamentales para determinar la naturaleza real de estas agrupaciones”.

Las últimas Elecciones Generales se realizaron el 16 de junio de 2019 y las próximas están programadas para el 25 de junio de 2023. Foto: DCA.

Rosal añade que antes de 2016, cuando se modificó la Ley Electoral, “todo era más laxo” en materia de financiamiento. Una de las reformas que resalta es la posibilidad de cancelar a los partidos que incumplan las reglas de financiamiento.

“Ya no hay multas ni llamados de atención, el TSE puede proceder a la cancelación en el acto”, subraya. 

En el caso de los comités cívicos, que tienen un tiempo de vida específico, el detalle debe ser desde la fecha de su creación. Surgen en cada año electoral y desaparecen el día después de las elecciones, según lo regula la ley.

Al igual que los partidos, deben informar sobre el monto de las aportaciones de las personas individuales o jurídicas para el presente proceso electoral y el balance de estados financieros de la entidad correspondientes al año previo a las elecciones.

Además, los partidos envían al TSE un informe consolidado de gastos de campaña tres meses después de concluido el proceso electoral, es decir, en septiembre de 2023. 

Lo que la ley prohíbe y las sanciones

El artículo 21 ter de la LEPP también establece prohibiciones a los partidos políticos sobre su financiación, por ejemplo, no pueden recibir contribuciones de cualquier índole, provenientes de Estados y de personas individuales o jurídicas extranjeras; o de personas que hayan sido condenadas por cualquier delito contra la administración pública, lavado de dinero y otros delitos relacionados.

Además, se prohíbe recibir fondos de personas cuyos bienes hayan sufrido procesos de extinción de dominio o de personas vinculadas a estos y de fundaciones o asociaciones de carácter civil con carácter apolítico y no partidario. 

Se exceptúan los aportes que entidades académicas o fundaciones otorguen para fines de formación, lo cual no es para campaña política y deberá reportarse al TSE.

El incumplimiento de estas normas conlleva desde sanciones administrativas hasta penales contra los partidos políticos, secretarios nacionales,

departamentales o municipales, personas que realicen aportes, quienes los reciban y los candidatos que se beneficien de ellas, incluida la cancelación de la personalidad jurídica de la organización. 

La convocatoria a Elecciones Generales 2023 fue hecha por el pleno de magistrados del TSE el 20 de enero. Para el presente proceso suman 30 partidos políticos inscritos. Foto: AGN.

Diana Palencia, jefa de la Unidad Especializada en Control y Fiscalización de Partidos Políticos del TSE, explica que para fiscalizar los gastos el TSE verifica “la veracidad y razonabilidad” de los informes financieros presentados, que deben cumplir con un formato establecido previamente por el ente contralor.

Para esto se utilizan “múltiples vías de fiscalización, como el control cruzado, informes de monitoreos que realizan otras dependencias, confirmaciones con financistas y proveedores, entre otros; así como la auditoria financiera integral in situ”, detalló. 

Palencia agregó que la Unidad de Control también evalúa el financiamiento privado por origen de los recursos, sean estos de personas individuales o jurídicas, que las organizaciones políticas deben presentar. Estos informes deben contener el detalle de los financistas, indicó.

Debilidades en el control

A criterio de María Eugenia Mijangos, exmagistrada del alto organismo electoral, tanto el régimen de medios como el de las finanzas partidarias “necesitan ajustes” en la LEPP. 

Mijangos señala que desde la magistratura pasada, cuando fue presidenta, se habían detectado las debilidades en la fiscalización que establece la ley, pero no se llegó a un término medio.

“Ese tema se discute como que quieren quitar todo el régimen (liberar los techos de campaña). En otros países sí existe un régimen (de control) porque no se puede dejar la campaña sujeta a las reglas del libre mercado”, indicó en entrevista para La Linterna.

La exmagistrada añade que antes de que la actual LEPP entrara en vigencia en 2016, los partidos monopolizaban los medios de comunicación y saturaban las redes sociales sin equidad ni control: “La organización política que tenía más fondos tenía más alcance y eso no es bueno”, detalló.

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“El problema de fondo es que cualquier cambio está en las manos de los propios políticos en el Congreso. Al final, quienes pueden cambiar la ley son los diputados y pedirles que hagan reformas con las que pueden resultar perjudicados es difícil”, finalizó Mijangos. 

Existen varias propuestas de reformas a la LEEP que el Legislativo ha ignorado. En las que se refieren al financiamiento y a la fiscalización de los recursos han sido promovidas principalmente por el mismo TSE y otras por los diputados, pero ninguna ha avanzado.

Por su parte, la Camara de Medios de Comunicación ha promovido dos acciones de amparo desde 2018 ante la Corte de Constitucionalidad, pues el control del techo de campaña no les permite publicitar y cobrar más de lo que la ley establece y argumentan que eso viola la libertad de expresión y la de elegir candidatos.

La linterna es un proyecto contra la desinformación en las Elecciones Generales 2023 en Guatemala. Hace verificación del discurso público y detección de bulos. Es coordinado por Ocote con la participación de ConCriterio, elPeriódico, No-Ficción y Ojoconmipisto y es financiado por Capir.